Si vas a emprender una actividad como autónomo debes saber que lidiar con todo lo relativo a la administración tiene sus dificultades, sobre todo lo referente a la burocracia.
Principalmente, porque tienes que acudir a diferentes Organismos Públicos para configurar legalmente tu negocio.
Ahora bien, si tu intención es darte de alta como autónomo debes registrarte principalmente en la Agencia Tributaria y en la Seguridad Social para tramitar el alta.
Pues bien, por todo ello existe el Documento Único Electrónico (DUE) que simplifica en un solo proceso la gestión en ambas Administraciones de forma más rápida.
¿Qué es el Documento Único Electrónico (DUE)?
El Documento Único Electrónico o DUE es un documento que reúne los diferentes formularios para el alta como autónomo o la creación de una empresa.
Este formulario simplifica los trámites debe llevar a cabo un emprendedor para poder iniciar una actividad económica por cuenta propia.
Se tramita de forma telemática, sin tener que realizarlo de forma presencial y sin cita previa.
Con el DUE se facilita la creación de empresas y autónomos de forma telemática, uniendo los trámites en un único documento para todas las gestiones necesarias.
Y, sustituye a diferentes modelos de la Agencia Tributaria, Tesorería General de la Seguridad Social, Comunidad Autónoma, etc.
De ahí, que el documento único electrónico contenga toda la información que necesitas las diferentes Administraciones, como es el IAE o CNAE, bases de cotización, régimen tributario, etc.
¿Para qué sirve el DUE?
El DUE incluye todos los datos que debemos remitir a las Administraciones para poder constituir una empresa de forma telemática y en un solo procedimiento.
Por tanto, el DUE sustituye a los siguientes Modelos que habría que presentar, como son el Modelo 036/037 alta censal, Modelo 600 ITP y AJD, Modelo 845 y 846 de Impuesto sobre Actividades, Modelo TA.6 Inscripción de cobertura de riesgos profesionales, Modelo TA.7 Cuenta Cotización, Modelo TA.1 Número de Afiliación, Modelo TA.521 alta de autónomos, etc.
Como ves, en un único acto se consigue cumplir con todas las obligaciones, encargándose el sistema de hacer llegar la información a cada uno de los destinatarios.
¿Cómo se obtiene el DUE?
Para obtener el DUE debes disponer de un certificado digital, para que una vez lo hayas instalado en tu ordenador, puedas acceder a obtener el documento DUE accediendo a la web del CIRCE.
CIRCE es un sistema de información que permite realizar de forma telemática los trámites de constitución y puesta en marcha de algunas sociedades mercantiles.
Se crea con el fin de facilitar la creación de empresas y mejorar la comunicación con las Administraciones.
Ya que, un emprendedor, con tan sólo rellenar el documento único electrónico, tramitará de forma automática cualquier gestión necesaria para la creación de una empresa, comunicándoselo a todos los Organismo implicados.
O, si no dispones de un ordenador, puedes dirigirte a un Punto de Atención al Emprendedor, que son los encargados de ayudar y asesorar a la cumplimentación del DUE.
Desde ese punto PAE se encargan de remitir el Documento Único Electrónico cumplimentado de forma automática para la gestión de la constitución de una empresa.
¿Cómo se realiza la cumplimentación del Documento Único Electrónico?
Para el caso de constituir una sociedad para iniciar tu actividad, además de cumplimentar el Documento Único Electrónico hay que seguir los siguientes pasos que son:
- Solicitar certificación de denominación social negativa.
- Pagar las tasas correspondientes.
- Escriturar la constitución de la sociedad ante notario (es un trámite presencial).
- Solicitar el NIF provisional.
- Liquidar el Modelo 600 Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
- Presentación de escrituras públicas en el Registro Mercantil.
- Solicitar el NIF definitivo.
- Comenzar la actividad económica.
Para el caso de autónomos, bastará con la presentación del Documento Único Electrónico, además de la tramitación de la licencia de apertura, en caso de tener un local abierto al público.
Por tanto, disponer de la opción del DUE hace que algunos trámites burocráticos exigidos para iniciar una actividad se reduzcan significativamente.
¿Qué documentos sustituye el DUE?
Si utilizar el Documento Único Electrónico para tramitar el alta de autónomo, simplifica el Modelo 037/036 de alta censal de la Agencia tributaria con el Modelo TA.521 de alta en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
El Modelo 036/037 de alta censal, incluye los datos del interesado, tipo de actividad y locales afecto directa o indirectamente a ello, régimen de IRPF y tributación de IVA, además de indicar el alta en los Modelos correspondientes, como son: Modelo 303 de IVA, 130 de IRPF, 115 alquileres, 111 retenciones de trabajadores o profesionales, etc.
El Modelo TA.521 alta autónomo, incluye datos los datos del interesado, CNAE e IAE, domicilio de actividad, mutua colaboradora para las contingencias, número de cuenta de domiciliación, etc.
¿Qué empresas se pueden constituir con el DUE?
No todas las formas jurídicas admiten el uso del documento único electrónico, veamos a continuación, qué sociedad pueden constituirse con el DUE.
Las Sociedades Limitadas Nuevas Empresas, Sociedades Limitadas telemáticas, Empresario individual (autónomo), Cooperativas de trabajo asociado, Sociedades Civiles, Comunidades de Bienes, sociedades Limitadas Laborales y Emprendedor de Responsabilidad Limitada.
Como hemos comentado anteriormente, antes de presentar el DUE el emprendedor que va a constituir una de estas sociedades, debe solicitar la certificación de la denominación social negativa, además del desembolso del capital mínimo.
Posteriormente, ya puede cumplimentar y presentar el documento único electrónico que puede hacerlo desde su propio ordenador o desde un Punto de Apoyo al Emprendedor.
Cuando se envía el DUE se genera la cita presencial de la notaría las firmar las escrituras públicas de la constitución, cuyo socio debe acudir a la notaría el día programada aportando la reserva de denominación social negativa y el justificante de la aportación al capital social mínimo.
A partir de ahí, el sistema solicita el NIF provisional, liquida el Modelo 600 ITPyAJD, inscribe las escrituras públicas en el Registro Mercantil, envía todos los trámites a la Seguridad Social, expide las escrituras públicas ya inscritas y solicita el NIF definitivo.
Puede surgir que tengas que tramitar otros procedimientos complementarios, como la solicitud de marca o nombre comercial en la Oficina Española de Patentes y Marcas, lo cual, podrás hacerlo mediante el documento único electrónico.
Hay otros trámites que no se incluyen en el DUE como son la apertura del centro de trabajo, ni la legalización de libros.
Si tienes cualquier duda sobre el DUE, desde los comentarios estaremos encantados de ayudarte.